ORDEN de 14 de octubre de 2002, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 8 de octubre de 2002, por el que se declara la procedencia de ejecutar el «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» en la ciudad de Huesca, aprobado por Orden de 19 de julio de 2002, de la Consejera de Educación y Ciencia.

Publicado el 21/10/2002 (Nº 125)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES
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Texto completo:

ORDEN de 14 de octubre de 2002, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 8 de octubre de 2002, por el que se declara la procedencia de ejecutar el «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» en la ciudad de Huesca, aprobado por Orden de 19 de julio de 2002, de la Consejera de Educación y Ciencia.

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 8 de octubre de 2002, Acuerdo por el que se declara la procedencia de ejecutar el «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» en la ciudad de Huesca, aprobado por Orden de 19 de julio de 2002, de la Consejera de Educación y Ciencia, se procede a su publicación en Anexo a la presente Orden.

Zaragoza, a 14 de octubre de 2002.

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ

ANEXO:

Acuerdo de 8 de octubre de 2002, del Gobierno de Aragón, por el que se declara la procedencia de ejecutar el «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» en la ciudad de Huesca, aprobado por Orden de 19 de julio de 2002, de la Consejera de Educación y Ciencia.

Mediante Orden de 19 de julio de 2002 de la Consejera de Educación y Ciencia del Gobierno de Aragón se aprobó el «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» destinado a albergar las enseñanzas de la Facultad de Ciencias de la Salud y del Deporte, creada mediante Decreto 84/2001, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón, que autorizó también la implantación de la Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en la misma.

Dicho proyecto se enmarca en el más amplio «Plan de Infraestructuras Universitarias para el Campus de Huesca 2001-2005» incluido en el «Protocolo sobre el plan de inversiones de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2002-2006», suscrito por el Rector de la Universidad de Zaragoza y Consejera de Educación y Ciencia el 6 de julio de 2001 y, en particular, en las acciones contempladas en el mismo en el entorno de la Residencia Provincial de Niños que actualmente acoge la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales. En concreto, en dicho ámbito habrán de ubicarse, una vez ejecutado el Plan de Infraestructuras Universitarias citado, la propia Escuela Universitaria de Estudios Empresariales y la Facultad de Ciencias de la Salud y del Deporte que, de momento, imparte sus enseñanzas en varios espacios de titularidad universitaria y, a través del Convenio celebrado al efecto con el Ayuntamiento de Huesca, en las instalaciones deportivas de éste.

La Universidad de Zaragoza, primero, y el Departamento de Educación y Ciencia, después, han puesto de manifiesto la imperiosa necesidad de poner a disposición de la Universidad de Zaragoza los inmuebles y demás medios materiales indispensables para lograr la adecuada implantación y desarrollo de las enseñanzas de la Facultad de Ciencias de la Salud y del Deporte y, en particular, de las de la Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, máxime cuando en unos mismos espacios han de convivir con otros estudios, organizados bajo la responsabilidad de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales, que se encuentran igualmente inmersos en un proceso de transformación y desarrollo.

Remitido el «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» al Ayuntamiento de Huesca con objeto de verificar su adecuación al planeamiento vigente a los efectos de lo prevenido en la vigente legislación urbanística, el Ayuntamiento de Huesca ha manifestado «que de conformidad con el informe técnico emitido... el proyecto que pretenden ejecutar en Ronda Misericordia, es disconforme con el planeamiento urbanístico vigente, puesto que el mismo ocupa una zona calificada como espacio libre de uso público».

El Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón acordó en su sesión de 25 de septiembre de 2002 «informar favorablemente el expediente del Departamento de Educación y Ciencia sobre el proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria en la ciudad de Huesca, en aplicación de lo preceptuado en el artículo 177, párrafo 3, de la Ley 5/1999, de 25 de marzo».

Dada la relevancia de la actuación que plantean la Universidad de Zaragoza y el Departamento de Educación y Ciencia, el hecho de que el tan repetido «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» haya sido asumido como proyecto propio por este Departamento en el marco del más amplio «Plan de inversiones en la Universidad de Zaragoza para el periodo 2002-2006», la necesidad y responsabilidad de este Gobierno de garantizar la más adecuada formación de los titulados en la Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y Deporte y en las restantes titulaciones impartidas por los Centros Universitarios que habrán de tener su sede en el entorno de la Residencia Provincial de Niños, las dificultades derivadas del mantenimiento de una situación que sólo transitoriamente puede resolverse a través de la cesión de instalaciones deportivas municipales de Huesca para uso universitario plasmada en el Convenio entre el Ayuntamiento de Huesca y la Universidad de Zaragoza con el subsiguiente coste económico y el compromiso del Gobierno de Aragón en el proceso de descentralización universitaria, asumiendo el mandato al respecto de las Cortes de Aragón, entre otras razones, determinan la necesaria ejecución del proyecto.

El Gobierno considera, en definitiva, ratificando el criterio expresado en su día por el Departamento de Educación y Ciencia, que el interés público hace necesaria la urgente construcción del «Pabellón Polideportivo» y la urbanización de los terrenos de su entorno, base fundamental para el desarrollo de actuaciones posteriores del «Plan de Infraestructuras Universitarias para el Campus de Huesca», como las que han de desarrollarse en la Residencia Provincial de Niños, ya que, de no ser así, se estarían poniendo en peligro unos estudios universitarios largamente demandados por las instituciones y la ciudadanía oscenses y se producirían perjuicios de todo orden no sólo para los estudiantes matriculados en los mismos o que aspiran a cursarlos, sino también al interés público, representado a este respecto por la Universidad de Zaragoza, el Gobierno de Aragón y las instituciones que tan firme compromiso tienen con el desarrollo de los estudios universitarios en el Campus de Huesca.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos tercero y cuarto del artículo 177 de la Ley de Cortes de Aragón 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de octubre de 2002, el Gobierno de Aragón, acuerda:

Primero.-Ejecutar el «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria» contemplado en el «Plan de Infraestructuras Universitarias para el Campus de Huesca 2001-2005» y en las actuaciones a desarrollar en el Campus de Huesca en el marco del «Plan de inversiones de la Universidad de Zaragoza para el periodo 2002-2006».

Segundo.-Ordenar la iniciación del procedimiento de alteración del planeamiento, teniendo en cuenta la posibilidad de que se produzca mediante el proceso de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Huesca actualmente en tramitación, conforme a lo indicado en el fundamento de derecho octavo del Informe favorable de 25 de septiembre de 2002 del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón.

Tercero.-Encargar al Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por sí mismo o en colaboración con el Departamento de Educación y Ciencia y la Universidad de Zaragoza, la realización de cuantas actuaciones materiales y jurídicas sean precias para la ejecución del «Proyecto de ejecución del pabellón polideportivo de enseñanzas y práctica deportiva y urbanización exterior complementaria», incluso la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados.

Cuarto.-Ordenar la publicación del presente Acuerdo en el «Boletín Oficial de Aragón», así como su notificación a cuantos aparezcan como interesados en el expediente.